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Congreso de Guerrero aprueba reforma a la Ley Orgánica de la UAGro; amplían periodo del rector de 4 a 6 años

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Texto: Fernando Foster

Chilpancingo de los Bravo, Gro., 5 de noviembre de 2025.— El Congreso del Estado de Guerrero aprobó este miercoles, con 40 votos a favor y 4 en contra, el Dictamen con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 28 y 29 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro), número 178. La iniciativa fue presentada por la gobernadora Evelyn Salgado Pineda y respaldada previamente por el Consejo Universitario de la institución.

La reforma, fundamentada por el presidente de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso local Pánfilo Sánchez Almazán, establece la ampliación del periodo del rector de cuatro a seis años, así como de los directores de unidades académicas y representantes de los consejos universitarios. En el caso de las representaciones estudiantiles, el periodo será de tres años.

De acuerdo con el dictamen, la modificación busca fortalecer la continuidad institucional, consolidar proyectos académicos y administrativos a largo plazo y armonizar los tiempos universitarios con los de la administración pública estatal y federal. Asimismo, incorpora el principio de no reelección inmediata en los cargos universitarios, en congruencia con la reforma constitucional federal publicada el 1 de abril de 2025.

El legislador explicó que el procedimiento fue plenamente válido y conforme a derecho, ya que la propuesta se originó en el Consejo Universitario, fue aprobada por mayoría en esa instancia y posteriormente remitida al Ejecutivo estatal, quien la presentó al Congreso para su trámite legislativo.

El diputado argumentó que con la reforma se fortalece la democracia interna, la transparencia y la equidad en los procesos de elección de autoridades universitarias, garantizando que los cargos sean ejercidos de manera temporal y bajo condiciones de igualdad.

Durante la discusión, diputados de distintas fracciones expresaron sus posturas en contra del dictamen.

El legislador Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros pidió una moción suspensiva, argumentando que la iniciativa se dictaminó con demasiada rapidez y sin el análisis profundo que un tema de tal relevancia requiere. Señaló que el procedimiento en la Comisión de Educación no cumplió con el rigor legislativo necesario y propuso devolver la iniciativa a comisión para un nuevo estudio.

“Este es un asunto de primer nivel que afecta los cimientos de nuestra universidad; no podemos apresurarnos. Debemos discutirlo con la seriedad que merece”, expresó.

En el mismo sentido, el diputado Aristóteles Tito Arroyo razonó su voto en contra, denunciando falta de apertura y transparencia en el proceso. Criticó que la reforma se discutiera y aprobara en una sola sesión de trabajo, sin convocar a un debate amplio ni garantizar el principio de parlamento abierto.

“El parlamento abierto no es una frase de moda; es una obligación que garantiza la participación de la comunidad universitaria. Esta reforma carece de consulta legítima y excluye la voz de estudiantes, docentes y trabajadores”, manifestó.

Tito Arroyo agregó que recibió documentación de universitarios que señalan discrepancias entre el texto aprobado por el Consejo Universitario y el que fue enviado por el Ejecutivo estatal al Congreso, por lo que exigió una consulta libre e informada con toda la comunidad académica.

Pese a las posturas críticas, el Pleno aprobó el dictamen con una amplia mayoría. La Comisión Dictaminadora defendió que el proceso cumplió con todos los requisitos legales y se sustentó en los resultados del Foro Estatal de Consulta Legislativa Universitaria, celebrado el 2 de septiembre, en el que participaron más de 230 académicos, estudiantes y directivos de todas las regiones universitarias.

El documento aprobado precisa que las nuevas disposiciones no serán aplicables a las autoridades universitarias en funciones, en respeto al principio de irretroactividad de la ley.

Finalmente, la reforma fue enviada al Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, con lo que entrará en vigor una vez cumplidos los procedimientos constitucionales correspondientes.

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