Eliminan excepción que eximía a partes de responsabilidad penal por terapias de conversión en menores
![]()
Por: Fernando Foster
Chilpancingo de los Bravo, Gro., 02 de diciembre de 2025.-El Congreso del Estado de Guerrero aprobó por unanimidad la derogación del párrafo que eximía de responsabilidad penal a padres, madres y tutores que sometieran a niñas, niños y adolescentes a terapias de conversión, también conocidas como “ECOSIG”. La decisión se tomó tras la presentación del dictamen por parte del diputado Alejandro Bravo Abarca, en representación de la Comisión de Justicia.
El legislador explicó que el dictamen elimina el último párrafo del artículo 177 Ter del Código Penal del Estado, luego de que la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal declarara inválida esa disposición, determinación con la que coincidió la Comisión de Justicia. Dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que dicha exclusión violaba derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia.
Bravo Abarca, aseguró que, conforme al estudio de fondo de la acción de inconstitucionalidad, se debe garantizar que toda persona pueda decidir libremente sobre aspectos esenciales de su vida sin ser objeto de coerción o imposiciones de terceros o del propio Estado. En consecuencia, el Congreso de Guerrero eliminó el texto que establecía que “quedan exceptuados de este tipo penal los padres de familia y/o quienes ejerzan custodia o patria potestad respecto a los menores y adolescentes”.
El diputado señaló que esta excepción vulneraba derechos como la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación, la identidad sexual y de género, así como el libre desarrollo de la personalidad. “La Corte determinó que someter a menores a estas prácticas violentas y discriminatorias deshumaniza, instrumentaliza y anula a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos”, afirmó.

El dictamen fue respaldado por el Grupo Parlamentario del PRI y aprobado por el pleno en general.
Durante la discusión, la diputada Araceli Ocampo Manzanares, de Morena, sostuvo en tribuna que la resolución de la SCJN, emitida el 20 de mayo de 2025, representa un avance fundamental en materia de derechos humanos. Afirmó que las llamadas terapias de conversión son “procedimientos crueles, inhumanos y degradantes, sin sustento científico o médico, cuyo único efecto es causar daño psicológico severo”.
Ocampo Manzanares, enfatizó que las prácticas ECOSIG pueden generar ansiedad, depresión e incluso conducir al suicidio, especialmente en menores de edad. Señaló que eximir de castigo a padres o tutores bajo el argumento de buena fe implicaba una violación grave al derecho de la niñez a su identidad y libre desarrollo. Agregó que ninguna creencia o práctica cultural puede estar por encima de la protección de niñas, niños y adolescentes frente a cualquier forma de abuso, incluso cuando proviene del seno familiar.
La legisladora mencionó que organismos como la ONU y la Organización Panamericana de la Salud han condenado estas prácticas por contravenir la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales.
“En Guerrero debemos reconocer que la orientación sexual y la identidad de género no son enfermedades que deban ser curadas, sino partes inherentes de la condición humana”, afirmó, llamando al pleno a apoyar el dictamen para que la derogación del artículo 177 Ter sea permanente en la legislación estatal.
Con esta decisión, el Congreso de Guerrero se alinea a los estándares internacionales de derechos humanos y elimina una disposición considerada discriminatoria, reforzando la protección de la niñez y adolescencia frente a prácticas dañinas e inconstitucionales.
SÍGUENOS EN

